Comunicado sobre Griébal de ASDE-Scouts de Aragón y CNJA

26 julio 2011. Fuente: ASDE-Scouts de Aragón y CNJA
Imagen de la rueda de prensa celebrada hoy

Ante la atención prestada por los medios al conflicto abierto entre la Confederación Hidrográfica del Ebro y ASDE-Scouts de Aragón a propósito del Centro Scout Griébal, queremos aclarar algunos extremos para mejorar la información de la opinión pública.

El antiguo municipio de Griébal, propiedad de la Confederación Hidrográfica del Ebro desde su expropiación para la construcción del pantano de Mediano, fue cedido en 1990 a ASDE-Scouts de Aragón para su recuperación y utilización como escenario para actividades educativas.

Desde entonces, bajo la organización de ASDE-Scouts de Aragón, personas de todo el mundo han participado en la recuperación del pueblo y su entorno, invirtiendo millones de horas de trabajo voluntario y cientos de miles de euros. Esta contribución altruista ha sido reconocida por multitud de entidades de todo el mundo, incluyendo, de forma muy especial, los ciudadanos de la Comarca de Sobrarbe, a cuyo desarrollo ha contribuido este proyecto.

ASDE-Scouts de Aragón ha cumplido siempre escrupulosamente con las normas sobre actividades juveniles y el resto de la legislación que pudiera ser de aplicación en el marco del proyecto. Es más, en casi todas las actividades se exceden las medidas de seguridad y protección que exige la legislación.

La normativa ha evolucionado en los últimos años, y no siempre de forma coherente. En este sentido, el Consejo Nacional de la Juventud de Aragón lleva tiempo reclamando la revisión del Decreto 68/1997, sobre actividades juveniles, que ha quedado reducido a una de las muchas normas, a veces contradictorias y de oscura interpretación, que las asociaciones juveniles deben cumplir.

Una de estas normas, el decreto 125/2004 sobre alojamientos turísticos al aire libre, es la que motiva la dramática situación que se vive en Griébal: el desalojo de 500 acampados, ordenado con un plazo de imposible cumplimiento. Este decreto sólo es aplicable a las acampadas juveniles con carácter supletorio, por la ausencia de normas específicas. Es manifiestamente injusto que sólo se apliquen a Griébal las prohibiciones establecidas en este decreto, pero no el resto de disposiciones, entre las que se incluyen derechos y medidas garantistas de las que sí pueden beneficiarse los empresarios turísticos.

Por lo expuesto, ASDE-Scouts de Aragón y el Consejo Nacional de la Juventud de Aragón reclaman:

  • La actuación del Instituto Aragonés de la Juventud como mediador entre la Confederación Hidrográfica del Ebro, el Departamento de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente y cualquier otra entidad local, comarcal, autonómica o estatal que pueda contribuir a la solución del conflicto.
  • El compromiso del Gobierno de Aragón de acometer de forma inmediata, en colaboración con el Consejo Nacional de la Juventud de Aragón y el resto de agentes interesados, la revisión del Decreto 68/1997, de modo que se garantice para las asociaciones que realizan actividades juveniles la existencia de una norma clara y coherente y un interlocutor único con la Administración.
CAI Obra Social
Instituto Aragonés de la Juventud